A exposición pública el padrón del Impuesto sobre Actividades Económicas de 2022, y apertura del periodo voluntario de cobro
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Tal y como recoge este miércoles 17 el BOC (Boletín Oficial de Cantabria), una vez aprobado el Padrón del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2022, están expuestos al cobro en período voluntario los recibos correspondientes, los días hábiles comprendidos entre el 15 de agosto hasta el 20 de octubre de 2022.
Asimismo, se hace saber que, quince días antes de la fecha de inicio de período voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública del padrón a efectos de comprobación y de reclamación.
Durante el plazo de exposición pública de un mes, el padrón estará a disposición de los interesados en la Oficina de Gestión Tributaria e Inspección del Ayuntamiento de Camargo.
LUGAR DE PAGO
Los contribuyentes obligados al pago harán efectivas sus deudas en cualquier sucursal de la red de oficinas de CAIXABANK, BBVA, UNICAJA BANCO, BANCO SANTANDER, BANKIA, BANCO POPULAR, CAJA VIVA, KUTXABANK Y LABORAL KUTXA con el recibo emitido por la Recaudación Municipal.
En caso de no recibir el mismo, se personará en la Oficina de Gestión Tributaria e Inspección, sita en la calle Rufino Ruiz Ceballos, 7 de Maliaño, desde las 09:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes y durante dicho plazo.
Asimismo se podrá hacer uso de la domiciliación en Entidades de Crédito según lo dispuesto en el artículo 25 y 38 del Reglamento de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
RECURSOS
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde-presidente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del correspondiente padrón.
ADVERTENCIA:
Al día siguiente al vencimiento del plazo para el pago en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo, lo que determina la exigencia de intereses de demora y los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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