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El BOC informa, en edición extraordinaria, de la aprobación definitiva de una modificación puntual del PGOU reguladora de alturas

El BOC informa, en edición extraordinaria, de la aprobación definitiva de una modificación puntual del PGOU reguladora de alturas

El BOC (Boletín Oficial de cantabria) da cuenta en una edición extraordinaria publicada este miércoles 30 de la aprobación definitiva de la Modificación Puntual 1/2021: (Regulación de alturas Ordenanza nº 5, Productivo, del Plan General de Ordenación Urbana de Camargo)

El BOC, con esta publicación, 'oficializa' la aprobación definitiva que salió adelante en sesión plenaria de carácter ordinario celebrada en el Ayuntamiento de Camargo el pasado 27 de octubre. Una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana relacionada con la regulación de las alturas de las edificaciones en suelos productivos.

Esta medida vio luz verde tras contar ya “con todos los informes favorables” tal como indicó el concejal de Obras, Íñigo Gómez, contó con los votos a favor del Equipo de Gobierno (PSOE-PRC) y de Ciudadanos y la abstención del PP.

Esta aprobación permitirá regular la excepcionalidad que permite incrementar la altura de la edificación debido a las necesidades del proceso productivo, facilitando que las empresas que lo requieran puedan incrementar la altura de las edificaciones en base a unos parámetros fijados, y siempre que esté debidamente acreditado y aprobado sin que las limitaciones en cuanto a espacio supongan un impedimento para el desarrollo de su actividad y su crecimiento.

Lo que se publica en el BOC, se hace de acuerdo a lo establecido en los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y 84 de la Ley de Cantabria 2/2001, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria con sede en Santander, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ENLACES:

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioPartesAction.do?idAnuBlob=378542&orden=1

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioPartesAction.do?idAnuBlob=378542&orden=2

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioPartesAction.do?idAnuBlob=378542&orden=3

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioPartesAction.do?idAnuBlob=378542&orden=4

SUBVENCIÓN DIRECTA AL BANCO DE ALIMENTOS DE CANTABRIA

El BOC, también en esta jornada, pero en edición ordinaria informa a su vez de la concesión de una subvención directa de carácter excepcional a la 'ASOCIACIÓN BANCO DE ALIMENTOS DE CANTABRIA' (CIF: G39359542) por importe de 3.000 euros, extraída de la aplicación presupuestaria denominada 'ayudas para necesidades básicas' y en concepto de 'adquisición de suministros de primera necesidad para su redistribución'

¡ATENCION!

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Modificado por última vez enMiércoles, 30 Noviembre 2022 13:54
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