El Boletín Oficial de Cantabria recoge este lunes la aprobación y exposición pública del padrón de la Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local por Ocupación del Subsuelo, Suelo, Vuelo de la Vía Pública, subconceptos Mercado Trimestral de Cros y Mercado Ecológico, del cuarto trimestre de 2014 y apertura del periodo voluntario de cobro.
Una vez aprobado por Resolución de Alcaldía de 4 de noviembre de 2014 del padrón de la Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local por Ocupación del Subsuelo, Suelo, Vuelo de la Vía Pública, Subconceptos Mercado Timestral de Cros y Mercado Ecológico, correspondiente al cuarto trimestre de 2014, estarán puestos al público en periodo voluntario los recibos correspondientes, los días hábiles comprendidos entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2014.
Asimismo, se hace saber, que quince días antes de la fecha de inicio del periodo voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública del padrón, a efectos de comprobación y de alegaciones. Durante un mes, el padrón estará a disposición de los interesados en las oficinas del Ayuntamiento.
Los contribuyentes obligados al pago harán efectivas sus deudas en cualquier ofi cina de Liberbank (Caja Cantabria), BBVA, Santander, Caixa (Caixabank), BBK, Caja Laboral, Novagalicia Banco, Caja Rural de Burgos (Caja Viva), Bankia y Banco Popular con el recibo emitido por el Servicio de Rentas del Ayuntamiento. En caso de no percibir el mismo, se personará el Departamento de Rentas del Ayuntamiento, sito en la calle Pedro Velarde, número 13 de Muriedas, desde las 9 a las 14 horas, de lunes a viernes y durante dicho plazo.
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde en plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición del correspondiente padrón. Al día siguiente al vencimiento del plazo para el pago en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo, lo que determina la exigencia de intereses de demora y los recargos del período ejecutivo.
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